Ya se pueden solicitar las ayudas para la rehabilitación energética de los edificios
Desde el 30 de junio de 2021 hasta el 31 de julio de 2021 se pueden presentar las ayudas para la rehabilitación energética en edificios existentes, mediante la mejora de la envolvente térmica del edificio y la sustitución de instalaciones por las tecnologías más eficientes y energías renovables. Elija empresas de FREMM.
La Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia, FREMM, detalla las subvenciones para la rehabilitación energética de los edificios, que se podrán solicitar a lo largo del mes de abril. Recomienda, asimismo, a todos los beneficiarios que elijan empresas de energías renovables de FREMM para obtener la máxima información y el servicio integral de mayor calidad, desde el asesoramiento previo hasta la garantía postventa, pasando por la instalación y todos los trabajos del proyecto.
Las ayudas tendrán las siguientes características:
Modalidades:
- Opción A.
Actuaciones en edificios completos: Tipología 1 a la 4
Costes elegibles entre 20.000 y 400.000 € (1.200.000 € si el tipo de solicitante son entidades locales o universidades)
- Opción B.
Actuaciones en una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente: Tipología 2.
Costes elegibles entre 6.000 y 20.000 €
a) Edificios de vivienda unifamiliar;
b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)
Actuaciones:
Tipología 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Tipología 2. Mejora de la eficiencia energética y de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
Tipología 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Tipología 4. Generación eléctrica con fuentes renovables (sin ser subvencionable puede mejorar la cuantía de las ayudas de las otras tipologías)
Beneficiarios:
- Autónomos, pymes y grandes empresas.
- Ciudadanos particulares.
- Comunidades de vecinos.
- Propietarios de edificios de forma agrupada.
- Empresas de servicios energéticos.
- Concesionarios o arrendatarios, de edificio con facultad de realizar obras.
- Entidades locales.
- Entidades del sector público en general.
- Comunidad Autónoma con inversiones directas
Plazo máximo de ejecución:
- 18 meses desde la fecha de notificación de la ayuda.
Toda la información:
Sede electrónica de la CARM en el procedimiento 3552.
Contacto con los técnicos de FREMM:
Ramón Muñoz. rmg@fremm.es / 968 93 15 01
Antonio Cano. antoniocano@fremm.es / 968 93 15 02
María José Aragón. mjaragon@fremm.es / 968 93 15 02